DECRETO 78 EL 28 DE ENERO DE 2020Por el cual se deroga el parágrafo del Artículo 2.2.1.7.9.6., modifica los Artículos 2.2.1.7.9.6. Y 2.2.1.7.9.8., de la Sección 9, del Capítulo 7, Título 1, de la Parle 2, del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, modificados por el Artículo 3° del Decreto 1595 de 2015 yel Decreto 1366 de 2018. de la Sección 9, del Capítulo 7, del Título 1, de la Parte 2, del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, los cuales fueron modificados por el artículo 3° del Decreto 1595 de 2015 y por el Decreto 1366 de 2018"